Examen oficial · INAP · Plantilla definitiva

Pregunta 4 de la segunda parte · Examen INAP 2025

Examen INAP 2025 · segunda parte, pregunta 4

Según el Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano, la información administrativa se clasifica en:

  1. a) General y particular. ✓ Correcta
  2. b) Pública y privada.
  3. c) Ordinaria y extraordinaria.
  4. d) Interna y externa.

Explicación

El artículo 1 del Real Decreto 208/1996 presenta la información administrativa como un cauce para que los ciudadanos conozcan sus derechos y obligaciones y utilicen los bienes y servicios públicos. Su segundo párrafo la clasifica así: «La información encomendada a las unidades y oficinas a las que se refiere el capítulo II de este Real Decreto podrá ser general o particular». La clasificación es, por tanto, general y particular, que es la opción A.

Las otras tres opciones (B, pública y privada; C, ordinaria y extraordinaria; D, interna y externa) son pares de términos que suenan a clasificación, pero ninguno aparece en el artículo, que solo distingue entre información general y particular.

Explicación verificada contra el texto vigente del BOE el 02/11/2026.

Fundamento

Artículo: RD 208/1996 (Info. administrativa) art. 1 · RD 208/1996 · Ver en el BOE ↗

Tema del programa: Tema 18. Los Servicios de Información Administrativa

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