Examen oficial · INAP · Plantilla definitiva

Pregunta 2 de la primera parte · Examen INAP 2024

Examen INAP 2024 · primera parte, pregunta 2

Conforme a lo previsto en la Constitución Española de 1978, ¿qué mayoría se exige en el procedimiento de reforma constitucional contemplado en el artículo 167.1?

  1. a) Mayoría de dos tercios de cada una de las Cámaras.
  2. b) Mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. ✓ Correcta
  3. c) Mayoría de tres quintos del Congreso de los Diputados.
  4. d) Mayoría de dos tercios del Congreso de los Diputados.

Explicación

El artículo 167.1 de la Constitución establece el procedimiento ordinario de reforma: «Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras». Por eso la respuesta es la B. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores.

Las opciones con tres quintos solo del Congreso (C) o con dos tercios de cada Cámara (A) no coinciden con el apartado 1: la mayoría es de tres quintos y se exige en las dos Cámaras. La mayoría de dos tercios del Congreso (D) aparece en el apartado 2, pero es un mecanismo subsidiario: solo opera si no se logra la aprobación por el procedimiento del apartado anterior y el texto ha obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado; entonces el Congreso, «por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma».

Explicación verificada contra el texto vigente del BOE el 02/11/2026.

Fundamento

Artículo: CE art. 167 · Artículo 167 (CE) · Ver en el BOE ↗

Tema del programa: Tema 2. El Tribunal Constitucional y la reforma constitucional

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