¿Qué significan las siglas DEHu en el ámbito del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos?
a) Dirección Electrónica Habilitada para usuarios.
b) Dirección Electrónica Habilitada universal.
c) Dirección Electrónica Habilitada única. ✓ Correcta
d) Dirección Electrónica Homologada para usuarios.
Explicación
El artículo 44 del Real Decreto 203/2021 regula la notificación a través de la Dirección Electrónica Habilitada única, y su apartado 1 la define así: «La Dirección Electrónica Habilitada única es el sistema de información para la notificación electrónica». Las siglas DEHú corresponden, pues, a Dirección Electrónica Habilitada única, opción C.
Las demás opciones alteran el nombre: Dirección Electrónica Habilitada para usuarios (A), universal (B) y Dirección Electrónica Homologada para usuarios (D). Ninguna de esas denominaciones aparece en el artículo, que habla siempre de la Dirección Electrónica Habilitada única. El adjetivo final tiene sentido porque el artículo prevé que las Administraciones colaboren para establecer sistemas interoperables que permitan que las personas «puedan acceder a todas sus notificaciones a través de la Dirección Electrónica Habilitada única».
Explicación verificada contra el texto vigente del BOE el 02/11/2026.
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