Artículo 11 de la Ley 39/2015 (LPAC), del Procedimiento Administrativo Común
Ha caído 2 veces en los exámenes oficiales del INAP (2022, 2025). Aquí tienes su texto vigente en el BOE y las preguntas reales que se han fundamentado en él.
2
preguntas en exámenes oficiales
2 de 4
exámenes en los que ha caído
1
tema del programa
Texto vigente del artículo
Artículo 11. Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento administrativo
1. Con carácter general, para realizar cualquier actuación prevista en el procedimiento administrativo, será suficiente con que los interesados acrediten previamente su identidad a través de cualquiera de los medios de identificación previstos en esta Ley.
2. Las Administraciones Públicas sólo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para:
a) Formular solicitudes.
b) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones.
¿Para cuál de las siguientes actuaciones requerirán las Administraciones Públicas a los interesados el uso obligatorio de firma, en los términos del artículo 11 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?
Conforme al artículo 11 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las Administraciones Públicas sólo requerirán a los interesados el uso obligatorio de firma para:
a) Allanarse en el procedimiento.
b) Interponer querellas.
c) Presentar declaraciones responsables o comunicaciones. ✓ Correcta
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